Descripción
Debido a que a qué la Corporación Superarse es una entidad sin ánimo de lucro inscrita en el régimen tributario especial, la adquisición del bono será tratada como una donación en dinero.
Según la normatividad vigente en Colombia, no existe obligación de expedir factura por las donaciones en dinero recibidas. La adquisición dará lugar al beneficio consagrado en el artículo 257 del estatuto tributario, correspondiente a un descuento tributario en el impuesto sobre la renta, del 25% del valor donado; previa solicitud del certificado de donación.
Por tal motivo expedimos una cuenta de cobro, que soporta su pago realizado por donación en dinero, y justifica el aporte realizado a nuestra institución. Posteriormente puede solicitar el certificado de donación en el correo electrónico: info@corporacionsuperarse.org
Los recursos recibidos serán invertidos en la atención integral y en la prevención de la vulneración de derechos de más de 200 niños, niñas y jóvenes.
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